La resolución permite cancelar cerca de 289.000€ de deuda pública y someter otros 162.000€ a un plan de pagos aplicando la normativa anterior a la reforma de 2022.

Una reciente resolución dictada en Tenerife ha supuesto un importante respaldo para los procedimientos de Ley de Segunda Oportunidad relacionados con deuda pública, al acordar la exoneración de un total de 451.000 euros de deuda frente a la Tesorería General de la Seguridad Social.

La resolución resulta especialmente relevante porque aplica la normativa anterior a la reforma introducida por la Ley 16/2022, evitando así el actual límite legal de 10.000 euros para la exoneración de deuda pública.

En concreto, el juzgado considera exonerables aproximadamente 289.000 euros correspondientes a créditos ordinarios y subordinados de la Seguridad Social, mientras que otros 162.000 euros de créditos privilegiados quedan sometidos a un plan de pagos judicialmente aprobado.

La decisión supone una de las resoluciones más relevantes conocidas recientemente en Canarias en materia de cancelación de deuda pública mediante la Ley de Segunda Oportunidad.

Cancelar deuda con la Seguridad Social mediante la Ley de Segunda Oportunidad

Durante años, muchas personas han considerado que las deudas con la Seguridad Social o con Hacienda eran prácticamente imposibles de cancelar mediante la Ley de Segunda Oportunidad. Sin embargo, distintas resoluciones judiciales han ido consolidando una línea jurídica que permite, en determinados supuestos, la exoneración de deuda pública.

En este caso, la deuda total frente a la Tesorería General de la Seguridad Social ascendía a más de 451.000€ euros, divididos entre créditos privilegiados, ordinarios y subordinados.

La resolución judicial entiende que los créditos públicos ordinarios y subordinados sí pueden ser exonerados conforme a la normativa anterior a la reforma concursal de 2022 y conforme a la doctrina jurisprudencial consolidada por el Tribunal Supremo.

De esta forma:

Cerca de 289.000 euros quedan directamente exonerados.

Aproximadamente 162.000 euros de crédito privilegiado quedan integrados en un plan de pagos.

El deudor puede acceder a una auténtica segunda oportunidad económica y patrimonial.

Una resolución especialmente importante para autónomos y empresarios

La resolución tiene especial importancia para autónomos y pequeños empresarios con importantes deudas frente a organismos públicos.

Muchos procedimientos de insolvencia incluyen elevadas cantidades reclamadas por la Seguridad Social derivadas de cuotas impagadas, recargos, intereses y responsabilidades empresariales acumuladas durante años.

Precisamente por ello, uno de los aspectos más relevantes de esta resolución es que el juzgado rechaza automáticamente el actual límite de 10.000 euros para la exoneración de deuda pública introducido tras la reforma de la Ley Concursal.

La sentencia analiza detalladamente la normativa aplicable a concursos iniciados antes de la entrada en vigor de la Ley 16/2022 y concluye que debe aplicarse el régimen anterior, mucho más favorable para el deudor.

Asimismo, la resolución se apoya en la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en relación con la exoneración del crédito público, recordando que el objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad es permitir una recuperación económica real del deudor de buena fe.

La importancia de un análisis exhaustivo del caso

El abogado Ymer González Rodríguez, de Deuda Cero Canarias, despacho especializado en Ley de Segunda Oportunidad en Tenerife y Canarias, destaca que este tipo de procedimientos requieren “un análisis jurídico muy técnico y completamente individualizado”.

Según explica el letrado, “muchas personas creen erróneamente que las deudas con la Seguridad Social nunca pueden cancelarse, cuando la realidad es que existen numerosos matices legales y jurisprudenciales que pueden resultar determinantes”.

El abogado resalta además “la enorme importancia de realizar un estudio exhaustivo del caso desde el inicio del procedimiento, analizando de forma detallada la fecha de inicio del concurso, la clasificación de los créditos y la normativa aplicable en cada supuesto”.

Asimismo, subraya que “mantener un contacto directo y constante con el cliente resulta fundamental para conocer de manera pormenorizada sus circunstancias personales, económicas y patrimoniales, ya que cada procedimiento presenta particularidades que pueden influir de forma decisiva en el resultado final”.

Crecen los procedimientos de Ley de Segunda Oportunidad en Canarias

El número de procedimientos de Ley de Segunda Oportunidad en Tenerife y en el resto de Canarias ha aumentado notablemente en los últimos años.

La situación económica de muchos autónomos, empresarios y particulares, junto con el incremento de préstamos personales, tarjetas revolving y deudas acumuladas con organismos públicos, ha provocado que cada vez más personas recurran a mecanismos legales de cancelación de deudas para intentar empezar de nuevo.

Muchas personas llegan a pensar que jamás podrán salir de sus deudas con la Seguridad Social después de años de embargos, intereses y procedimientos de apremio. Sin embargo, resoluciones como esta demuestran que, en determinados supuestos, la Ley de Segunda Oportunidad puede permitir cancelar cantidades muy elevadas de deuda pública y ofrecer una verdadera segunda oportunidad económica.

La resolución dictada en Tenerife pone de manifiesto la importancia que sigue teniendo la normativa anterior a la reforma de 2022 en determinados procedimientos concursales y consolida una línea jurisprudencial favorable a la exoneración efectiva de deudas públicas cuando concurren los requisitos legales y el procedimiento ha sido correctamente planteado desde el inicio.